BASES PROMOCIÓN “CESTA NAVIDAD 2025”

NESTLE ESPAÑA S.A.U., (en adelante Nestlé), domiciliada en Esplugues de Llobregat (Barcelona), C/ Clara Campoamor nº 2, y con N.I.F. A-08005449, realizará una promoción de ámbito nacional en la que se sortearan 10 cestas de productos Nestlé.

La promoción se regirá por las siguientes bases: 

BASES

Primera: Duración de la promoción: El periodo promocional empezará el 20 de noviembre de 2025 y finalizará el 31 de diciembre de 2025.

Segunda: Ámbito geográfico.- La promoción será de ámbito nacional.

Tercera: Ámbito personal.- Tendrán derecho a participar en el sorteo todas aquellas personas, mayores de edad, con residencia en España, que cumplan los requisitos de las presentes bases.

La promoción no es aplicable a los empleados de Nestlé, ni a cualquier persona implicada profesionalmente en esta promoción.

Cuarta: Premios.- Se sortearán 10 cestas de productos Nestlé de un valor aproximado de 300€. Cada cesta contiene los siguientes productos: 

  • NESQUIK Fresa Bolsa 14x350g NL — 1 unidad
  • NESQUIK UP Cacao Polvo Can 6x330g ES — 1 unidad
  • ADVENTUROS Training Salmon 6x115g XM — 1 unidad
  • FELIX DeliMoments Salmon 11 (4x10g) XM — 1 unidad
  • LITORAL Fabada Asturiana 420g — 1 unidad
  • LITORAL Fabada Asturiana Receta Selecta 420g — 1 unidad
  • LITORAL Lentejas Riojana -30% 425g — 1 unidad
  • LITORAL Garbanzos con Espinacas 425g — 1 unidad
  • MAISON PERRIER CHIC CITRUS FIZZ 250ml — 1 unidad
  • MAISON PERRIER CHIC LEMONJITO 250ml — 1 unidad
  • MAGGI YAKISOBA Noodles Classic 8x120g — 1 unidad
  • MAGGI Saucy Noodles Sweet and Sour 128g — 1 unidad
  • MAGGI Saucy Noodles Pad Thai 128g — 1 unidad
  • SOLÍS Tomate Frito Casero 550g — 2 unidades
  • SOLÍS Salsa para pasta Boloñesa — 2 unidades
  • SOLÍS Salsa para pasta Napolitana — 2 unidades
  • MERITENE Drink Choc 8 (6x180ml) — 1 unidad
  • CAJA ROJA Creationes Collection 8x405g ES — 1 unidad
  • NESTLE DARK 70% Sqr 12x150g ES — 1 unidad
  • NESTLE DARK Caramel Sqr 12x150g ES — 1 unidad
  • EXTRAFINO Turron Crunch 14x190g ES — 1 unidad
  • EXTRAFINO Lote Elfo Xmas25 14x79.2g ES — 1 unidad
  • AAKITKAT Cabin NCPCert 10x461g ES — 1 unidad
  • KITKAT Santa Lata Xmas 12x110.8g ES — 1 unidad
  • EXTRAFINO Lote Peluche Xmas24 6x142g ES — 1 unidad
  • NESTLÉ AQUAREL 33cl kids — 1 unidad
  • Cereales TRIX 300g — 1 unidadCereales KITKAT 330g — 1 unidad
  • Cereales CHEERIOS AVENA 300g — 1 unidad
  • Cereales SHREDDED WHEAT 300g — 1 unidad
  • Barritas de cereales FITNESS PROTEIN 100g — 1 unidad
  • NESCAFÉ 3en1 Bolsa 10 sobres de 16g — 1 unidad
  • NESCAFÉ MOCHA Kit Kat 7 sobres de 21g — 1 unidad
  • LA LECHERA LCA Bote 12x370g ES — 1 unidad
  • LA LECHERA LCA Botella 12x450g N1 ES — 1 unidad
  • Cafetera Infinissima Touch DE’LONGHI® Automática Blanca — 1 unidad
  • NESCAFÉ DOLCE GUSTO Cápsulas Café Con Leche 16 unidades — 1 unidad
  • NESCAFÉ DOLCE GUSTO Cápsulas Espresso Intenso 16 unidades — 1 unidad
  • Nestlé 0%0% Galleta 255g — 1 unidad
  • Agua mineral natural con gas S.Pellegrino 75cl vidrio — 1 unidad
  • Refresco Sanpellegrino Italian Sparkling Drinks Limonata lata 33cl — 1 unidad
  • Refresco Sanpellegrino Italian Sparkling Drinks Aranciata lata 33cl — 1 unidad
  • EKO Orgánico Cereales para Beber 6x150g N4 ES — 1 unidad
  • NESTLÉ YOGOLINO Vanilla 6 (4x100g) — 1 unidad
  • GERBER ORGANIC NutriPuffs Banana 5x35g — 2 unidades
  • Vital Protein Chocolate 6x297g ES — 1 unidad

 

Nestlé se reserva el derecho a modificar los productos que componen la cesta por productos similares de igual o mayor valor.

Los premios se adjudicarán mediante sorteo que se realizará ante Notario, entre el 5 y el 16 de enero de 2026.

Tras adjudicar aleatoriamente a los ganadores, se designará, asimismo, diez (10) reservas para el caso de que cualquiera de los premiados no cumpliera los requisitos de estas bases para la obtención del premio o renuncie al mismo. El orden de sustitución de los reservas será el mismo en el que éstos fueron designados. 

El resultado se comunicará personalmente a cada agraciado por Nestlé mediante los datos de contacto que figuran dados de alta en Nestlé para ello es necesario que dichos datos sean veraces y funcionales y que el participante los mantenga actualizados.

En caso de que el sorteo no pudiera celebrarse ante notario por causas de fuerza mayor o causas justificadas, Nestlé procederá a realizar el sorteo a través de la aplicación online Easypromos, procediendo de la misma manera que la indicada anteriormente.

Nestlé enviará un e-mail a los ganadores, comunicándoles que han resultado ganadores y solicitándoles confirmación de su dirección para poder gestionar el envío del premio. Cada agraciado tendrá un plazo de máximo de 7 días desde la fecha de la primera notificación para facilitar la dirección de su domicilio. Si pasado el citado plazo Nestlé no hubiera recibido la información necesaria, se entenderá que el ganador renuncia al premio y Nestlé pasará a contactar con el suplente correspondiente.

La promoción está limitada a un máximo de un premio por persona. En ningún caso podrá sustituirse el premio por otro premio, ni podrá cederse a otra persona distinta del ganador a petición del ganador.

Nestlé se reserva el derecho de que los premios queden desiertos en el caso de que ni los participantes agraciados ni los reservas cumplan los requisitos citados en estas bases.  

Quinta: Mecánica de la promoción. Entre el 20 de noviembre y el 31 de diciembre de 2025, inclusive, los usuarios podrán participar de una de las siguientes maneras:

  • Si ya forman parte de la Base de Datos de Nestlé y, además han recibido alguna de las Newsletters que Nestlé enviará durante el período promocional a algunos usuarios de la Base de Datos de Nestlé, deberán hacer click en el espacio habilitado para ello en dichas comunicaciones.

  • Registrarse (si no forman parte de la Base de Datos de Nestlé) o identificarse con su usuario y contraseña (en caso de que sí formen parte de la Base de Datos    de    Nestlé)    a    través    de    la    web https://nestlefamilyclub.es/promociones/cesta-navidad-nestle durante las fechas de la promoción.

  • Participar a través de los posts que se publicarán en Facebook e Instagram referentes a la promoción. En dichos posts habrá un enlace a un formulario que el participante deberá cumplimentar introduciendo sus datos para registrarse. 

Sólo será válida una participación por usuario de las antes indicadas. No obstante, los usuarios registrados en Nestlé podrán obtener una participación extra a través de la acción del calendario de adviento, tal y como se indica en el apartado siguiente. 

Sexta: Participación extra acción Calendario de Adviento.- Entre el 1 y 24 de diciembre, Nestlé enviará a los usuarios registrados en Nestlé newsletters a modo de calendario de adviento. Una de dichas newsletters permitirá obtener una participación adicional en el sorteo de la Cesta de Navidad. El usuario que reciba dicha newsletter podrá obtener una participación adicional clicando sobre el botón específico para participar. La participación adicional solo será válida si el usuario hace clic el mismo día de recepción de dicha newsletter.

Séptima: Difusión de la promoción. - La promoción se difundirá mediante posts en Facebook e Instagram en la cuenta de Nestlé España, mediante Newsletter y/o mensajes comerciales vía móvil (SMS y Whatsapp)  y banners en páginas web. Nestlé se reserva el derecho a comunicar la promoción a través de otros canales de difusión a parte de los mencionados anteriormente.

Octava: Fiscalidad. A los premios de la presente promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil NESTLÉ ESPAÑA, S.A. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).

De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros.

En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, NESTLÉ ESPAÑA, S.A. practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta. El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio.

La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores, necesarios para la entrega de los premios, tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.

Novena: Tratamiento de datos personales. Los participantes en la promoción consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre y apellidos) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que Nestlé estime más convenientes.

Los datos de carácter personal de los participantes en esta promoción serán tratados dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/679, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos (“RGPD”) así como a la legislación nacional aplicable en el momento de la promoción.

En el momento de proceder a la recogida de los datos a través del formulario, se informará a los participantes de forma clara, precisa, suficiente y detallada acerca del almacenamiento temporal de sus datos en un fichero temporal y/o su incorporación a una base de datos permanente titularidad de Nestlé España S.A., de las finalidades para las que podrán ser destinados dichos datos (i.e. publicidad dirigida y marketing directo, compartir su información con buscadores en Internet o proveedores de redes sociales, mostrarle comunicaciones comerciales en sitios web, conocer sus actividades y opiniones y hacerle llegar ofertas y promociones basadas en su ubicación geográfica precisa, etc.), así como de los derechos que tienen los participantes sobre sus datos personales y los mecanismos para ejercerlos. La negativa a proporcionar los datos calificados como obligatorios implicará la imposibilidad de participar en la promoción o la de acceder a las prestaciones para los que eran solicitados.

Todos aquellos interesados cuyos datos personales sean objeto de tratamiento, podrán ejercitar gratuitamente los derechos de acceso, rectificación, cancelación, portabilidad, limitación y oposición al tratamiento o revocación del consentimiento, en su caso, dirigiéndose a Nestlé España, S.A. Apartado de Correos 1404, 08080 Barcelona, o a través de nuestro correo electrónico protecciondedatos@nestle.es.

Décima: Causas de descalificación de un participante de la promoción. Esta promoción se organiza con la pretensión de incentivar y fomentar la participación de todos los consumidores, premiando la fidelidad en condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la Buena Fe. Por ese motivo, Nestlé excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz o inadecuada, emplee medios fraudulentos o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.

En cualquier caso, con carácter enunciativo pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante de la promoción en los siguientes casos: 

  1. Introducción de un código de barras o un código promocional inexistente, falso o alterado o ya utilizado en una participación anterior.

  2. Introducción de los datos relativos a un ticket de compra inexistente, falso o alterado, o ya utilizado en una participación anterior.

  3. Falta de correlación entre los códigos promocionales o de producto y los tickets de compra que justifican su adquisición.

  4. No disponer, o no entregar a Nestlé el o los códigos de barras o promocionales originales o el ticket o los tickets de compra, también originales, con los que se haya participado y que justifiquen haber resultado agraciado con cualquiera de los premios entregados en la presente promoción

  5. Empleo de vías, sistemas o dispositivos para dispositivos para alterar el sistema de votaciones, como la compra de votos, o la introducción automatizada de datos o códigos. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos o códigos necesarios para participar en la promoción, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.

  6. Introducción de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un participante ha introducido datos personales inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en la promoción, y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.

  7. De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo de la promoción, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a Nestlé a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes.

En caso de que las irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, Nestlé se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los premios.

Décimo primera: aceptación de las bases.- La participación en la promoción implica la aceptación de las presentes bases por los interesados.